11/02/2020 – Brexit: la incertidumbre legal todavía caracteriza el futuro de las IGs

thumb brexit referendum uk 1468255044bIXEl “Brexit” tuvo lugar el 31 de Enero. Tras el acuerdo de retirada revisado, ratificado por ambas partes, ha comenzado un período de transición y continuará hasta el 31 de Diciembre de 2020. Durante este período, las IGs de ambas partes continuarán protegidas en ambas jurisdicciones.

Además, el alcance y las modalidades de la futura asociación entre la UE y el Reino Unido se determinarán mediante negociaciones entre las partes, que deben concluirse antes de finales de 2020. A este respecto, el Reino Unido ya ha expresado su intención de no extender la fase de transición. En este sentido, la recomendación de la Comisión Europea al Consejo de iniciar negociaciones sobre una nueva asociación con el Reino Unido así como las líneas directrices de negociación del Reino Unido son ahora públicas. Desde la perspectiva de la UE, la asociación prevista debería prever la protección y la observancia de los derechos de propiedad intelectual, incluidas las IGs, más allá de los estándares del Acuerdo sobre los ADPIC de la OMC. Del mismo modo, la asociación prevista debería preservar la protección de las IGs existentes, según lo previsto en el acuerdo de retirada revisado y establecer un mecanismo para la protección de las IGs futuras. A este respecto, no parece claro qué sucederá con las IGs existentes en caso de que no se celebre un acuerdo comercial al final del período de transición. Según un documento publicado recientemente por el Departamento de Medio Ambiente, Alimentación y Asuntos Rurales del Reino Unido (DEFRA), en tal escenario, las IGs de la UE existentes deberán volver a solicitar protección en el Reino Unido, y las IGs del Reino Unido deberán hacer lo mismo en la UE.

En este contexto de inseguridad jurídica, oriGIn continuará su campaña de sensibilización en Bruselas y Londres, como se ha hecho desde 2017, a favor de los siguientes principios: 

  • Preservación de los derechos de los beneficiarios de las IGs;
  • Cargos y costos mínimos para los beneficiarios de IGs;
  • Interrupción mínima del comercio.

 

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