17/02/2021 – Brexit: Aclaración de los principales temas relacionados con las IG tras el acuerdo comercial y de cooperación entre la UE y el Reino Unido

thumb brexit referendum uk 1468255044bIXTras el referéndum del Brexit de 2016 y la incertitumbre jurídica que siguió, oriGIn realizó una campaña en favor de la conservación de los derechos de los beneficiarios de las IGs de la UE y de UK.

Con la adopción del Acuerdo de Cooperación y Comercio (ACC) entre la UE y el Reino Unido en diciembre de 2020, se aclararon los asuntos relacionados con las IGs, en particular :

  1. El ACC confirmó el Acuerdo de retirada con respecto a las cláusulas que garantizan la protección permanente en el Reino Unido del paquete de IG europeas reconocidas al 31 de diciembre de 2020 (esto también se aplica a las IGs de terceros países protegidos en la UE mediante registro directo en la misma fecha https://www.gov.uk/protected-food-drink-names), así como la protección permanente en la UE del paquete de IGs del Reino Unido reconocidas bajo los sistemas de la UE al 31 de diciembre de 2020.
  2. El nivel de protección otorgado al paquete de IGs protegidas al 31 de diciembre de 2020 es (y debe permanecer, se prevén obligaciones a este respecto) al menos el mismo en vigor en la UE al 31 de diciembre de 2020 (incluida la protección contra “evocaciones” y la protección “ex officio”). Mientras la política de IGs de la UE evoluciona (por ejemplo, en términos de una protección más fuerte: bajo la nueva PAC, se está debatiendo el fortalecimiento de la protección de las IGs en Internet), el Reino Unido no tendrá la obligación legal de seguir este ejemplo. Sin embargo, no se excluye una futura convergencia de legislación.
  3. Las IGs con registro pendiente (al 31 de diciembre de 2020), así como las nuevas IGs deberán seguir los procedimientos de los respectivos sistemas. Para las IGs europeas cuyo registro queda pendiente, así como para las nuevas, hay que presentar una solicitud al Departamento de Medio Ambiente, Alimentación y Asuntos Rurales (DEFRA).
  4. El nuevo sistema de IGs del Reino Unido reproduce las características de los sistemas de la UE:
    1. Abarca productos agrícolas, licores, vinos y vinos aromatizados;
    2. Ofrece un sólido nivel de protección (incluso contra la “evocación”) para las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP);
    3. Está abierto a IGs de terceros países;
    4. Prevé logos de IGs (que, como en la UE, serán opcionales para los productores de vinos y bebidas espirituosas). Los productores, o minoristas, de alimentos y productos agrícolas con IG producidos y destinados a la venta en el Reino Unido, registrados antes del 1 de enero de 2021 tendrán hasta el 1 de enero de 2024 para cambiar el empaquetado y utilizar los nuevos logos del Reino Unido. 

e. Con respecto a las IGs del Reino Unido protegidas en acuerdos bilaterales de la UE, estas se han vuelto “obsoletas” después del Brexit y el ACC. En consecuencia, se retirarán gradualmente de las listas de IGs que figuran en estos acuerdos. Sin embargo, el gobierno del Reino Unido está en proceso de concluir una serie de acuerdos bilaterales con el objetivo de garantizar la protección continua de las IGs del Reino Unido en terceros países.

 

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