18/02/2015 – Indicaciones geográficas en CETA, el Acuerdo Económico y Comercial Global entre Canadá y la UE

La UE y Canadá han concluido recientemente un acuerdo de libre comercio que contiene disposiciones relativas a las indicaciones geográficas (IGs). Esta breve nota (el artículo completo está disponible en Inglés  y en italiano) mira al texto del acuerdo y se pregunta si el enfoque adoptado por los negociadores de la UE logre el objetivo de proteger el patrimonio cultural y gastronómico de la UE.

El acuerdo – publicado el 26 de septiembre 2014 confiere una cierta protección en Canadá a unas denominaciones consideradas de importancia económica para la UE y presenta un grado de coexistencia entre unas marcas específicas y las IGs. La propia inclusión de una disposición sobre las IGs puede ser considerada como un éxito de negociación de la UE, dada la posición tradicional de Canadá en relación con el concepto europeo de IG y los conflictos relacionados a algunos nombres entre las dos partes. Un segundo resultado positivo de las negociaciones es que la UE ha logrado algún tipo de protección para algunas IG comunitarias en Canadá que antes era imposible.

El acuerdo, sin embargo, no aborda el problema más fundamental de la coexistencia de marcas e IGs como dos formas distintas de propiedad intelectual o establecer principios para guiar la resolución de conflictos en casos específicos. 

 

Este resumen ha sido extraído de un “oriGIn Alert”, que es un servicio de información reservado a los miembros de oriGIn.

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