En Noviembre de 2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) notificó a la Comisión Europea y a los Estados miembros los términos de una remisión que recibió del Tribunal Supremo español (DOP QUESO MANCHEGO vs. INDUSTRIAL QUESERA CUQUERELLA, SL TRIBUNAL SUPREMO S .1, MADRID, RECURSO DE CASACION 3250/14).
El caso español en cuestión concierne a la agrupación que representa a la DOP “Queso Manchego” v. una empresa que comercializa quesos, asociados a elementos gráficos relacionados con la región de “La Mancha” en España (como Don Quijote de La Mancha, el caballo Rocinante y los molinos de viento medievales).
El TJUE no entrará en el mérito del caso, más bien es llamado a aclarar el concepto de evocación (artículo 13.1 b del Reglamento 1151/2012) y, en particular, si los elementos gráficos conceptuales de una etiqueta (en lugar de semejanza fonética o gráfica con la DOP / IGP) pueden, en determinadas circunstancias, representar para los consumidores una evocación de una DOP / IGP.
Considerando que la “evocación” es una poderosa herramienta para la protección de las DOPs, IGPs e IGs de la UE, oriGIn ha preparado este documento para recordar las principales características de esta categoría de infracción de acuerdo a los Reglamentos y a la jurisprudencia de la UE.
Este resumen ha sido extraído de un “oriGIn Alert”, que es un servicio de información reservado a los miembros de oriGIn.