15/11/2023-Members’Voice: El BNIC obtiene una importante victoria para la protección de “Cognac” y las IGs en China contra la competencia desleal, por el equipo jurídico del BNIC

El Bureau National Interprofessionnel du Cognac (BNIC) lleva a cabo una serie de actividades para proteger la denominación Cognac y defenderla en todos los mercados, tanto internacionales como nacionales y locales. El Cognac se exporta a todo el mundo y cuenta con un gran renombre. Es, por tanto, un producto apreciado y, como tal, objeto de falsificación, usurpación, abuso y apropiación indebida de su reputación. Para el BNIC, la protección de la IG Cognac es una prioridad, especialmente en China, el segundo mayor mercado de exportación de Cognac. El registro de la IG Cognac en 2009, la marca colectiva en 2020, la entrada en vigor del acuerdo UE-China sobre IGs en 2021 y las recientes decisiones administrativas y judiciales en este mercado clave son pasos esenciales para el sector del Cognac.

En este caso, acabamos de obtener una importante victoria con una nueva sentencia en China el 9 de agosto de 2023.

El asunto se originó por el uso de la palabra “Cognac” por dos fabricantes de automóviles para designar tanto una edición especial de coches de lujo vendidos en China como el color del interior de dichos coches. Además, en el material promocional se utilizaron numerosas referencias a la denominación y su región. El departamento de protección de la interprofesión del Cognac abrió este caso en 2018, y luego presentó una denuncia en 2019 contra estas empresas por competencia desleal.

El « Jiangsu High People’s Court » (el Tribunal de apelación de la provincia de Jiangsu, en China) ha confirmado la sentencia del tribunal de primera instancia, reconociendo que el uso del nombre Cognac para designar una gama de coches de lujo y como color constituía competencia desleal, infringiendo la IG Cognac.

Se trata de la primera decisión de un tribunal chino que confirma que es posible proteger una IG contra el abuso sobre esta base, y que la protección de la que beneficia la IG se extiende a diferentes productos y servicios, en particular para desempeñar un papel clave a la hora de prevenir el riesgo de dilución y genericidad de la IG. El juez chino señaló expresamente que el uso de los términos “Cognac” y “Cognac brown” en el sector de la automoción debilitaría la relación entre la IG “Cognac” y los aguardientes de vino que se benefician de esta denominación, lo que aumentaría el riesgo de que la IG Cognac se convirtiera en un término genérico y, posteriormente, fuera invalidada en China.

A raíz de esta sentencia, las empresas fueron condenadas a pagar daños y perjuicios y a dejar de utilizar la palabra “Cognac” en la presentación de sus productos.

Esta decisión constituye un precedente importante en el que el sector del Cognac, así como otros titulares de IG, podrán basarse en casos futuros.

Para más información acerca de Cognac pueden visitar el sitio web.

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