31/08/2022- Propuesta y adopción de modificaciones al Reglamento Común del Arreglo de Lisboa para la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional y del Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa sobre las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas

El Grupo de Trabajo sobre el Desarrollo del Sistema de Lisboa, en su reunión celebrada en Ginebra del 14 al 16 de junio, recomendó a la Asamblea de la Unión de Lisboa la adopción de una serie de enmiendas al Reglamento Común del Arreglo de Lisboa para la Protección de Denominaciones de Origen y su Registro Internacional y el Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa sobre Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas.

Las modificaciones propuestas se referían a la Regla 7 (Inscripción en el Registro Internacional), la Regla 8 (Tasas), la Regla 9 (Denegación), la Regla 15 (Modificaciones) y la Regla 16 (Renuncia a la protección) y se pueden consultar en el Anexo del Resumen del Presidente, publicado después de la reunión del Grupo de Trabajo.

En particular, las modificaciones propuestas a la Regla 8(1)(ii) introducen una tasa adicional de CHF 300 por una o más modificaciones adicionales a un registro internacional presentado en la misma petición por una Parte Contratante. Esto tiene por objetivo reducir los costos para un país para obtener la modificación de varios registros internacionales relativos a sus denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas bajo el sistema de Lisboa (necesario, por ejemplo, cuando haya modificaciones al pliego de condiciones a nivel nacional). La tasa por una sola modificación se mantendría en 500 francos suizos. Las modificaciones propuestas con respeto a la nota de pie de pagina aclaran que estos importes se reducirían al 50% para aquellos registros internacionales que se refieran a un área geográfica de origen ubicada en un país menos adelantado (PMA). Más información se encuentra disponible aquí.

A raiz de las propuestas del Grupo de Trabajo sobre el Desarrollo del Sistema de Lisboa, las modificaciones fueron aprobadas por la Asamblea de la Unión de Lisboa durante las Asambleas de los Estados miembros de la OMPI en julio y entrarán en vigor el 1 de enero de 2023.

Para más información sobre el Acta de Ginebra de la OMPI, visite la página dedicada en el sitio web de oriGIn.

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