
El Reglamento (UE) 2023/2411 sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos artesanales e industriales, que entró en vigor el 16 de noviembre de 2023 y se complementó con el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1956 y el Reglamento delegado 2025/1955 de la Comision del 29 de septiembre 2025, ha entrado plenamente en aplicación hoy, lunes 1 de diciembre de 2025. Las agrupaciones que representan nombres emblemáticos, como el cristal de Murano, la cuchillería de Albacete, la porcelana de Limoges, la cuchillería de Solingen y la “sartoria” napolitana, pueden finalmente solicitar la protección de las indicaciones geográficas mediante un único proceso que abarca los 27 Estados miembros de la UE.
El rol de oriGIn
Como alianza mundial de las IGs, que representa a todos los sectores, incluidas las IGs artesanales e industriales (IGAI), oriGIn desempeña un papel central en este contexto:
- En su calidad de actor relevante en el ámbito de la propiedad intelectual facultada para proporcionar comentarios a la EUIPO sobre cuestiones relacionadas con las IGs, oriGIn ha comentado este año las directrices de la EUIPO para las IGAI. Desde hace varios años, oriGIn también proporciona comentarios sobre las directrices de la EUIPO en materia de marcas relativas a solicitudes que puedan entrar en conflicto con las IGs.
- Como plataforma mundial de intercambio de buenas prácticas sobre las IGs, oriGIn conecta a las agrupaciones de IGAI con las de los sectores agrícolas, del vino y de los espirituosos en cuestiones relacionadas con la gobernanza, la protección, la promoción, la sostenibilidad y los controles.
- oriGIn ayuda a las agrupaciones de IGAI a preparar pliegos de condiciones sólidos.
- oriGIn apoya a las agrupaciones de IGAI fuera de la UE en cuestiones específicas relativas a la protección en la UE, así como al Acta de Ginebra.
- oriGIn ayuda a las agrupaciones de IGAI a integrarse en proyectos de cooperación internacional.
- oriGIn anima a los Estados miembros de la UE y a las agrupaciones de IGAI a establecer sistemas de control sólidos (comparables a los existentes para los vinos, espirituosos e IG agrícolas), explorando la posibilidad de utilizar las oportunidades de financiación existentes a nivel nacional y europeo.
Principales características del Reglamento 2023/2411
Definiciones:
Los criterios para que un nombre de producto artesanal o industrial pueda beneficiarse de protección son los siguientes (art. 6):
- El producto procede de un lugar, una región o un país específico;
- Su calidad, reputación u otra característica es esencialmente atribuible a su origen geográfico; y
- Al menos una fase de la producción del producto tiene lugar en la zona geográfica definida.
El Reglamento 2023/2411 prevé únicamente el régimen de la Indicación Geográfica Protegida (IGP).
Registro:
El proceso de examen y registro consta de dos fases (procedimiento estándar):
- Las agrupaciones de productores presentan primero sus solicitudes de IG ante las autoridades competentes designadas de los Estados miembros para su evaluación nacional.
- Las autoridades nacionales transmiten posteriormente las solicitudes aprobadas a la EUIPO para una evaluación y aprobación adicionales, entidad que gestionará el procedimiento de oposición a nivel de la UE.
No obstante, se ha habilitado un procedimiento de solicitud directa ante la EUIPO para los productores de IGAI de Dinamarca, Finlandia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Suecia, países que obtuvieron de la Comisión una exención de la obligación de establecer una fase nacional. Más información AQUI
Protección:
El sólido nivel de protección concedido en la UE a las IGs agrícolas, los vinos y los espirituosos se extiende a las IG artesanales e industriales (art. 40). Además, el artículo 41 relativo al uso de una indicación geográfica protegida en productos manufacturados autoriza dicho uso siempre que sea conforme con las prácticas comerciales leales y no se aproveche, debilite, diluya ni perjudique la reputación de la IG. Del mismo modo, una IG protegida que designe una parte o componente de un producto manufacturado no podrá utilizarse en la designación comercial de dicho producto, salvo que el solicitante en cuyo nombre se haya registrado la IG haya dado su consentimiento.
Por último, la protección se extiende a los dominios de nivel superior con código de país (ccTLD). El art. 46 establece que los registros establecidos en la Unión deben garantizar que cualquier procedimiento alternativo de resolución de litigios en materia de nombres de dominio reconozca las IGs registradas como un derecho que puede invocarse en tales procedimientos.
Controles:
Si bien los Estados miembros pueden realizar la verificación de conformidad a través de autoridades públicas u organismos privados de control, la auto-declaración por parte de los productores será la solución aplicada por defecto de acuerdo con el Reglamento 2023/2411 (art. 51).
Dimensión internacional:
La EUIPO actuará como autoridad competente de la Unión para las IGAI, gestionando las solicitudes internacionales relacionadas con el Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa sobre las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas de la OMPI.
Más información:
- Página dedicada en la web de oriGIn.
- Presentación de la EUIPO en la reunión bienal de oriGIn 2023.
- Presentación de la DG Grow en la reunión bienal de oriGIn 2023.
- HUB IG de la EUIPO
- El vidéo del Comisario europeo Stéphane Séjournée: EC Audiovisual Corporate Player
